domingo, 22 de febrero de 2009

La cadena perpetua en un Estado social y democrático de Derecho



El eterno debate sobre la cadena perpetua se ha reabierto, en los últimos días, debido a la trágica muerte de Marta del Castillo y a su repercusión pública en los platós y en las calles. La exigencia social de esta condena se debe a una manipulación mediática que ha generado argumentos inaceptables para la Criminología moderna, que hace muchos años superó estas posiciones ineficaces desde el punto de vista preventivo, y dudosas desde la disyuntiva ético-jurídica.



España es un Estado social y democrático de Derecho, así lo recoge la Constitución votada por una amplia mayoría de españoles. La doble función de la pena, según nuestra Carta Magna, es de prevención y de resocialización; aunque algunos pretendan descalificar, por supuestamente utópica, esta función reeducadora, y aunque sea cierto que la realidad de las prisiones y de algunos modelos de criminalidad lo hagan de difícil cumplimiento, nuestro ordenamiento jurídico ha de perseguir dicha pretensión y establecer los medios adecuados para conseguirlo en el mayor porcentaje de casos posible. Cualquier modificación normativa contraria a la función resocializadora nos haría retroceder más de un siglo en la lucha por las garantías procesales y volveríamos al estadio de la Criminología Clásica, propia de Estados liberales, que se basaba en las funciones meramente retributivas y preventivas de la pena.


Tampoco es aceptable establecer como única premisa la función preventiva propia de la Escuela positiva, donde la Administración se limitaría a separar de la sociedad individuos “defectuosos del sistema” y la pena tendría una utilidad intimidatoria. Aunque en la práctica, en muchas ocasiones, nuestras prisiones funcionen así, y la cárcel fuera concebida históricamente en este sentido, la formulación teórica obliga a establecer criterios más avanzados en los que, junto con la prevención general y la especial, conviva la pretensión resocializadora, tal y como exige la aceptación de vivir en un Estado social y democrático de Derecho.



Bajo estas premisas fundamentales, podemos discutir aspectos concretos referentes a determinados delitos o a la necesidad de mejorar los mecanismos de control a la hora de conceder beneficios penitenciarios en pro de una adecuada prevención especial; también debemos mejorar la Victimología de tal manera que las personas que sufren las consecuencias de un delito no padezcan situaciones incalificables y sufran la denominada victimización secundaria generada por el sistema.



Las víctimas no pueden convertirse en un referente legislativo o en un elemento de manipulación ideológica, sino que deben ser escuchadas, protegidas y socorridas por el sistema para que su sufrimiento se minimice, e intervenir en el procedimiento penal como acusación particular para que se restituyan en todo o en parte sus derechos; algunos medios de comunicación están aprovechándose de ellas, incrementando su nivel de ansiedad, para generar corrientes de opinión enfrentadas que acentúan un debate social que sería inexistente sin esa constante presencia mediática.



En resumen, desde la perspectiva criminológica, es inaceptable la cadena perpetua en un Estado social y democrático de Derecho. Va en contra de una de las funciones básicas de la pena, la resocialización, y no ayuda a la función preventiva general, porque su capacidad intimidatoria no tiene efecto disuasor para el modelo de criminalidad violenta al que va dirigido. Se trata de un medelo punitivo que pretende justificar mediante una supuesta prevención especial (ya existente en el ordenamiento actual), un interés puramente retributivo propio de sistemas clásicos o absolutistas. El incumplimiento de alguno de los principios que fundamenta nuestro sistema democrático, pese a la indignación que generan algunos crímenes atroces, pone en riesgo el armazón de protección social garantista por el que tanto han luchado nuestros predecesores y nos acercaría, un poco más, a posiciones cercanas a uno de los peores ejemplos de criminalidad y desprotección, la ejercida por el propio Estado.

2 comentarios:

  1. Anoche mismo debatía en un chat sobre este tema; En mi postura defendía que el "castigo" no sirve de nada sino se trata y se trabaja al mismo tiempo en la base del problema, que es, a mi entender, el estudio de las causas que han llevado al hecho, para poder prevenirlas en el futuro, y la reinserción o reeducación del delincuente (siempre que sea posible) para evitar que se repita. Quizas sea un ilusa por pensar de este modo, pero me parece que "encerrar y tirar la llave" no soluciona nada: ni resuelve el delito ya cometido, ni impide delitos futuros... Lo único que consegui anoche por decir esto fue que me acusasen de hacer "apologia del asesino"... Así nos va :(

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  2. Estoy de acuerdo contigo y me preocupa mucho la acusación de "apología del asesino" que mencionas; es conveniente que sigamos siendo "utópicos" y creer en la resocialización, porque la cadena perpetua es una vía de agua, aparentemente inocua, en nuestra sociedad democrática. La opinión fundamentada en frío es válida, pero no aquella que está generada por el calor de la proximidad de una terrible muerte. La policía está actuando con una rapidez y una diligencia encomiables, y esa sí es una garantía de prevención especial y general.

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